CONCEPTOS Y DEFINICIONES BÁSICAS
La unidad estadística de investigación en el III Censo Nacional Agropecuario es la Explotación Agropecuaria (EA), definida como: “Todo terreno que se utiliza total o parcialmente para la producción agropecuaria: agricultura, ganadería o una combinación de ambas, que se explota como unidad técnica y económica dentro de un municipio; sin consideración del tamaño, régimen de tenencia ni condición jurídica. Se considera explotación sin tierra, los establecimientos que carecen de suelo agrícola, pero que se dedican a la producción de animales o productos pecuarios (granjas porcinas, granjas avícolas, establos lecheros, colmenas, etc.) independientemente que se encuentren en zona rural o urbana”. [1]
Parcela
La Explotación Agropecuaria puede constar de una o varias parcelas y cada parcela se define como: “todo terreno de la Explotación Agropecuaria dentro de un mismo municipio, separado por ríos o quebradas con agua permanente, carreteras o caminos públicos y otros terrenos que no son de la explotación, en los que se utilizan los mismo medios de producción como mano de obra, maquinaria agrícola, equipos, edificios y animales de tiro.” [2] La suma de las superficies de todas las parcelas de la explotación constituye la superficie total de la Explotación Agropecuaria. [3]
Productor o Productora
Esta Explotación Agropecuaria es conducida por un productor o productora que se define como: “la persona natural o jurídica que tiene responsabilidad técnica y económica de la Explotación Agropecuaria y que puede ser apoyado por un administrador o mandador”. [4]
El productor o productora puede adoptar diferentes condiciones jurídicas.
Condiciones jurídicas
- Productor o Productora Individual (Persona Natural), “ es la persona que trabaja y toma las decisiones en la Explotación Agropecuaria por sí misma.” [5]
- Cooperativa, es una entidad productiva formada por diez o más personas constituidas legalmente y registrada de acuerdo a las leyes vigentes." [6]
- Colectivo familiar, definido como “dos o más individuos del mismo o diferentes hogares que explotan conjuntamente la Explotación Agropecuaria, donde la toma de decisiones la realizan en conjunto y los beneficios se reparten entre ellos.” [7]
- Empresa, puede también adoptar la forma de empresa que es “una entidad jurídica o conjunto de entidades que poseen o controlan todas las actividades de producción de uno o varios establecimientos y Explotaciones Agropecuarias.” [8]
- Comunidad indígena, comprende “las tierras bajo la jurisdicción o administración de comunidades indígenas, tribus o clanes y están dirigidas por un consejo de ancianos.” [9]
- Administración pública, “son aquellas administradas por funcionarios de la administración central o local de país, declaradas de utilidad pública.” [10]
Trabajadores
Trabajadores permanentes. En la explotación pueden haber trabajadores permanentes, que son aquellas “personas contratadas cuyos servicios se utilizan de manera regular y continua durante seis meses o más” (durante al año agrícola). [11]
Trabajadores temporales, es decir, “personas contratadas cuyos servicios se utilizan por un tiempo determinado según el cultivo y cosecha, que tiene un tiempo fijo de duración menor a los seis meses”. [12]
La explotación puede ser conducida bajo diferentes regímenes de tenencia definida como: “los derechos legales o arreglos que tiene el productor o productora para trabajar la tierra y gozar de sus beneficios”. [13] Así se distinguen:
Propiedad con escritura pública, cuando existe “documento legal elaborado ante un notario público que puede o no estar inscrito en el registro de la propiedad”;
Propiedad sin escritura pública, cuando la tierra es propia pero “no existe ningún documento elaborado ante un notario público”;
En proceso de legalización, cuando “puede haberse obtenido por herencia, concesión, donación, etc. y se están realizando las gestiones para legalizar la propiedad”;
Propiedad con título de reforma agraria, a nombre de un solo dueño o de dos o más (mancomunado) que son títulos “extendidos por el gobierno donde se concede al productor o productora los derechos de determinar la naturaleza y límites de utilización de las tierras” ;
Arrendadas, son las tierras donde el productor o productora mediante el pago de cierto monto estipulado “adquiere el pleno derecho para explotar las tierras durante un período determinado”, este pago puede ser en dinero, en producto, en fuerza de trabajo o en una combinación de ellos;
Otras formas de tenencia, puede ser conducida bajo otras formas de tenencia como ser “tierras de menores de edad dadas en tutoría”, “tierras de la comunidad manejadas por el productor o productora” o tierras “cedidas con derecho a trabajarlas en forma gratuita.” [14]
La tierra de la explotación se clasifica en sus diferentes usos el día de la entrevista, dando lugar a la clasificación según formas de Aprovechamiento de la tierra, así se distinguen:
Tierras con cultivos anuales o temporales, “son aquellos que son sembrados nuevamente luego que fueron cosechados y su ciclo vegetativo por lo general es menor de un año”;
Tierras con cultivos permanentes y semi-permanentes, que “no deben ser sembrados luego de cada cosecha, con ciclo vegetativo de 1 a más años y en plantaciones compactas”;
Tierras en descanso o tacotales, “comprende las tierras que se dejan ociosas por algún tiempo, generalmente de 3 a 5 años antes de volverse a sembrar pero a las cuales se les ha sometido a ciertas prácticas de cultivo y en ellas se ha desarrollado una vegetación constituida por arbustos, malezas o montes bajos”;
Tierras con pastos naturales, es el “área cubierta totalmente o en su mayor parte de pastos que se han establecido y desarrollado en forma espontánea”;
Tierras con pastos cultivados o sembrados, es la tierra “cubierta totalmente o en su mayor parte de pastos que han sido sembrados para fines de pastoreo o de corte”;
Tierras con bosques, son “áreas cubiertas con arbustos, árboles que crecen en forma natural o plantados, que pueden tener valor por su leña, madera u otros productos forestales”;
Tierras con instalaciones y viales, son aquellas tierras que “siendo parte de la Explotación Agropecuaria están ocupadas por casas, galeras, caminos, carreteras, corrales, bodegas, patios de secado, etc.”;
Tierras con pantanos, es “lugar fangoso cubierto por aguas poco profundas y en parte invadidas por la vegetación”;
Pedregales, son aquellos “terrenos cubiertos de piedra suelta, donde por estas condiciones no se acostumbra sembrar”;
Tierras afectadas por fenómenos naturales, “son tierras que siendo parte de la Explotación Agropecuaria, fueron afectadas por inundaciones, tempestades, huracanes, etc.” [15]
[1] Manual del Empadronamiento, III Censo Nacional Agropecuario, INEC, Managua 2001, pág. 12.
[2] Ibídem, pág. 48 y Formulario censal pregunta IV. 34.
[3] Colección FAO: Desarrollo Estadístico # 5: “ Programa del Censo Agropecuario Mundial 2000” pág. 44
[13] Manual del Empadronamiento, III Censo Nacional Agropecuario, INEC, Managua 2001, pág. 50.
Ibídem, págs. 57,58 y 59.